El “Deed of Gift” es el documento original del que nace la America’s Cup. En los años que siguieron a la victoria de la America en 1851, el sindicato ganador donaba la copa al New York Yacht Club con unas condiciones recogidas en este Deed of Gift, que establecía que el trofeo era una “competición amistosa entre naciones”.
Así nacía la America’s Cup, que se llamaba así haciendo honor al nombre del barco ganador. El Deed of Gift, con algunas modificaciones, es el documento básico que rige la competición en la actualidad.
Quizá el concepto más importante del Deed of Gift está contenido en el octavo párrafo donde se explica el concepto de “Mutuo Acuerdo”.
A través de este concepto de “mutuo acuerdo”, se ha desarrollado el sistema de tener un Challenger of Record para organizar la America’s Cup. En la era moderna, con sólo una excepción, el Defender ha tenido un Challenger of Record con el que se ha puesto de acuerdo sobre reglas, creando normalmente un Protocolo que destaca, entre otras cosas, la programación del evento, la clase de barcos en los que se navegará, el sitio donde se harán las regatas, y los criterios de elegibilidad para los Challengers.
Cuando no se pueda llegar a un “mutuo acuerdo”, el Deed of Gift describe las líneas y condiciones para regatear en la Copa. En 1988, al no poder llegar a un “mutuo acuerdo”, se usó el Deed of Gift como base para la competición, asegurando así la supervivencia de la America’s Cup.
Para la 32ª America’s Cup, y bajo este principio de “mutuo acuerdo”, Team Alinghi, representando al club defensor, la Société Nautique de Genève ha elaborado este Protocolo, en colaboración con el equipo del Golden Gate Yacht Club, el BMW ORACLE Racing, Challenger of Record.
Texto extraído de la web oficial de la 32nd America´s Cup